Cada vez es más conveniente y motivante incursionar en el emprendedurismo y es muy importante conocer las leyes, obligaciones y derechos que adquirimos con ello. 

Por: Mary Carmen Saldívar Sillas
Fotografía: Especial

Para tener claro el panorama anterior platicamos con el Maestro Mario Castro A., coordinador de la Facultad de Negocios de la Licenciatura en Contaduría Pública de la Universidad De La Salle Bajío, para que nos clarificara ideas.

Primer paso, inscríbete. Es el registro de datos que permitan tu identificación (nombre y fecha de nacimiento), localización  (domicilio) y tu actividad económica; esto genera la firma electrónica.

Comprueba. Como asalariado o profesionista independiente, si percibes ingresos se necesitan los comprobantes fiscales para demostrarlo (recibos de nómina o de honorarios).

Registra. Al ser contribuyente tienes la obligación de llevar y guardar un registro de operaciones relacionadas con tu actividad.

Obligaciones fiscales: El régimen fiscal al que te hayas inscrito determinara tus obligaciones; es decir, lo que tienes que declarar al SAT, así como la periodicidad (declaraciones anuales, provisionales, definitivas e informativas).

Actualízate. Mantén tus datos de registro y actividad ante el SAT; un cambio de domicilio, la suspensión temporal o permanente de actividades o bien el cambio de una actividad debes informarla al SAT mediante un servicio sencillo dentro del portal. El “Buzón Tributario” es un servicio de comunicación en línea en la sección de trámites para intercambiar documentos digitales con el SAT de forma ágil, oportuna, confiable, sencilla, cómoda y segura.

Además, hay que tener bien claro el giro de nuestro negocio; si somos asesores, si tendremos una empresa de compra-venta de productos, si trabajamos por honorarios o si vamos a incursionar con algún socio en el régimen de sociedad anónima o asociación civil ya que no son iguales, una genera ganancias y la otra las reinvierte en beneficio de la propia empresa; una genera utilidades y la otra no.

Asimimso, deberemos acudir a la oficina de patentes para registrar nuestra marca, slogan, logotipo, razón o nominaciones sociales para evitar ser víctimas de robo de marca. Si nuestra empresa tiene trabajadores a nuestro cargo, a los trámites anteriores deberemos aumentar los que se hacen ante el IMSS para el debido registro de estos y el pago oportuno de su cuenta de seguridad social.

Hoy las leyes (obligaciones y rerechos) son amigables para los nuevos empresarios y con sólo un clic tenemos acceso a los requisitos; aunque siempre es bueno tener la asesoría de un experto para no toparnos con dificultades. ¡Ahora todos a emprender!